Jueves 28 de Marzo de 2024

JUDICIALES

10 de marzo de 2017

Declaran inconstitucional la nueva Ley de ART

Lo dispuso el Juzgado Nacional del Trabajo nº 14. Cuestiona la normativa impulsada por Macri porque obliga a los trabajadores en blanco que sufren accidentes laborales a cumplimentar un complejo proceso administrativo antes de llegar a la Justicia

El gobierno de Mauricio Macri ayer sufrió un nuevo revés judicial. El magistrado subrogante del Juzgado Nacional del Trabajo n° 41, Alejandro Aníbal Segura, declaró nuevamente la “inconstitucionalidad e inconvencionalidad” del artículo 1º de la nueva Ley de ART que promulgó el Gobierno nacional mediante un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU). 

“Resuelvo declararme competente para intervenir en la presente causa y declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del artículo 1º, Ley 27.348 en cuanto impide una acción judicial expedita a la parte actora de autos, a quien considero en este caso eximida de promover con carácter obligatorio y excluyente el procedimiento administrativo ante las comisiones médicas jurisdiccionales”, señala el fallo del magistrado. 

El 21 de febrero último, Segura ya había invalidado el DNU firmado por Macri, que fue la base de la norma que luego terminó siendo sancionada en el Congreso durante una polémica sesión. Ya en ese entonces el magistrado había adelantado que la ley contenía las mismas objeciones. En ese momento se trató del caso de Florencia Alcaraz, quien demandó a la Federación Patronal Seguros SA por accidente. 

De esta manera, la resolución de Segura vuelve a objetar la disposición de la gestión macrista que define el carácter obligatorio y excluyente, para todos los trabajadores que sufran un accidente de trabajo, de iniciar un complejo procedimiento administrativo antes de promover una demanda ante el Poder Judicial. 

“El trámite ante las comisiones médicas jurisdiccionales, la Comisión Médica Central y el recurso de apelación aleja en el tiempo al enfermo o accidentado de una pronta reparación del daño sufrido, lo cual en sí mismo no dejaría de ser reprochable metajurídicamente si no fuera porque otros trabajadores en las mismas condiciones que ellos (aunque en negro) cuentan en forma inmediata con la vía judicial expedita”, señaló el magistrado en su fallo.

Luego agregó: “El mandato de afianzar la Justicia, promover el bienestar general y asegurar los beneficios de la libertad vale más que mil palabras y centenares de libros. Constituye una responsabilidad ciudadana y democrática que los jueces estamos obligados a garantizar”.

Tal como lo viene informando diario Hoy, las comisiones médicas jurisdiccionales, conformadas por médicos de las ART, adquirieron facultades para determinar si se trata o no de una enfermedad laboral lo que sufre el trabajador. A eso se le agrega la ubicación de las juntas médicas. Solo hay 35 en todo el país y en 16 provincias hay apenas una oficina. Además se agregan instancias burocráticas administrativas, extendiendo así los plazos para que los accidentados puedan recurrir a la Justicia.

A diferencia de lo que plantea el Gobierno y algunos de sus cómplices en la oposición, el aumento en los accidentes y siniestros en los lugares de trabajo no se debe a que existe “una industria del juicio”, sino a las pésimas condiciones laborales que existen hoy en la Argentina. En muchos casos, los responsables son los grandes grupos empresarios amigos del poder. A su vez, un detalle no menor es que las ART, en su gran mayoría, son regenteadas por bancos privados. 

Con esta iniciativa las aseguradoras se verán eximidas del pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del impuesto a las Ganancias, así como también serán destinatarias de un auxilio oficial que les concede el pago mínimo en el impuesto a los Ingresos Brutos.

Fuente Diario Hoy La Plata

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