Viernes 29 de Marzo de 2024

ACTUALIDAD

25 de junio de 2015

Aprueban la recategorización de los empleados municipales de Capital

Los concejales de la Capital aprobaron este jueves un proyecto de Ordenanza, iniciado por el bloque del Frente Cívico y Social, sobre modificar la Ordenanza Nº 1368/86 (Estatuto de Obreros y Empleados Municipales) y sus modificatorias; en referencia al proyecto de Ordenanza que fuera presentado oportunamente por el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales (SOEM).

Luego de un análisis del citado proyecto y del estudio pormenorizado de la Ordenanza 1368/86 y modificatorias, y otras normativas, se compartió en línea general con el citado proyecto del SOEM, pero se determinó que “es necesario e imprescindible realizar otras modificaciones complementarias, con la finalidad de que este proyecto deba ser mas abarcativo, o sea que este beneficio llegue a la mayor cantidad del personal municipal”.

En resumen, el proyecto de Ordenanza aprobado busca que el agente municipal que posea una antigüedad de 26 años o más de servicios municipales, sin límite de edad, se lo promueva automáticamente a la máxima categoría 11 (once). Y que a través de este procedimiento todos los agentes que tengan 17 o más años de antigüedad municipal sean ascendidos a la categoría 8 y demás, en forma escalonada.

 

Detalles de la norma

 Se promoverá a la categoría once (11), automáticamente a partir del 1º de enero de 2016, a todos los agentes alcanzados por la Ordenanza 1368/86 y sus modificatorias (EOEM) que posean a dicha fecha una antigüedad superior a veinte seis (26) años desde el inicio de la relación laboral con este municipio.

 Se promoverá a la categoría diez (10), automáticamente a  partir del 1º de enero de 2016, a todos los agentes alcanzados por la Ordenanza 1368/86 y sus modificatorias que posean a dicha fecha una antigüedad superior a veinte tres (23) años desde el inicio de la relación laboral con este municipio.

 Se promoverá a la categoría nueve (09), automáticamente a partir del 1º de enero de 2016, a todos los agentes alcanzados por la Ordenanza 1368/86 y sus modificatorias que posean a dicha fecha una antigüedad superior a veinte (20) años desde el inicio de la relación laboral con este municipio.

 Se promoverá a la categoría ocho (08), automáticamente a partir del 1º de enero de 2016, a todos los agentes alcanzados por la Ordenanza 1368/86 y sus modificatorias que posean a dicha fecha una antigüedad superior a dieciocho (17) años desde el inicio de la relación laboral con este Municipio.

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