Jueves 28 de Marzo de 2024

SOCIEDAD

28 de junio de 2019

Las leyes argentinas son las segundas más machistas de Sudamérica, sólo superadas por Surinam

Surge de un informe del Banco Mundial que midió la desigualdad ante la ley entre hombres y mujeres en todo el mundo.
En el país todavía hay leyes que prohíben realizar a las mujeres ciertos trabajos.
Hay proyectos presentados en el Congreso para derogar estos artículos, pero no fueron tratados.

La Argentina se destacó en los últimos años por ser el país que impulsó el movimiento “Ni Una Menos”, una lucha por los derechos de la mujer que se replicó en todo el continente. Sin embargo, las leyes argentinas son las segundas más desfavorables para las mujeres de todos los países de Sudamérica, sólo superadas por Surinam, según surge de un reciente informedel Banco Mundial.

El organismo internacional midió la desigualdad ante la ley entre hombres y mujeres a partir de la evaluación en la inserción en el mercado laboral, la tenencia de hijos, el matrimonio, la iniciación en proyectos de negocios, la administración de activos y la libertad de movimiento.

El promedio mundial es 74,7 (sobre 100), lo que, según el estudio, “indica que en promedio las mujeres gozan de la tercera cuarta parte de los derechos que tienen los hombres”. La Argentina, con 76,3, se ubica 99° de los 187 países analizados y se ve superado por todos los países sudamericanos salvo Suriname, que obtuvo un 65,6. ¿El mejor sudamericano ubicado? Perú, con 95 puntos.

Seis economías -Bélgica, Dinamarca, Francia, Letonia, Luxemburgo y Suecia- tienen un puntaje de 100, lo que significa que las mujeres gozan de la misma posición legal que los hombres en los ocho indicadores analizados. El peor puntaje lo tiene Arabia Saudita, con 25,6.

¿Qué pasa en la Argentina?

En parte, la mala calificación del país se da porque todavía hay leyes que imposibilitan a las mujeres realizar algunos trabajos. Específicamente, en el informe se refiere al artículo 176 de la Ley 20.744 de contrato de trabajo, que establece que “queda prohibido ocupar a mujeres en trabajos que revistan carácter penoso, peligroso o insalubre”. Por otro lado, también al artículo 11 de la Ley 11.317, sancionada en 1927 para regular el trabajo de mujeres y niños, que prohíbe a las mujeres de trabajar en la carga y descarga de navíos o por medio de grúas, en trabajos subterráneos, en la conducción de trenes, en el engrasado y limpieza de máquinas en movimiento y en la utilización de sierras circulares, entre otros.

Si bien fueron presentados 4 proyectos en el Congreso de la Nación entre 2017 y 2019 para derogar estos artículos (ver acáacáacá y acá), aún no fueron tratados.

¿Entonces, en la actualidad, las mujeres tienen limitado el acceso laboral a algunos trabajos por ley? Con la reforma de la Constitución en 1994, se otorgó jerarquía constitucional a los tratados internacionales que exigen la igualdad entre hombres y mujeres. Por eso, desde entonces, se da mayor importancia al cumplimiento de leyes que sean igualitarias que a las discriminatorias. Sin embargo, los especialistas destacan que derogar las leyes que discriminan ayudaría a evitar confusiones y pérdidas de tiempo y dinero a las mujeres. Por ejemplo, en el año 2002, la Justicia falló contra Freddo ya que la empresa aseguraba que no contrataba a mujeres porque consideraba que las protegía de las tareas que podían enfrentar, como transportar los potes de helado.

Existen ocasiones en los que la ley prevé un trato desigual entre hombres y mujeres. Esto sucede porque a veces se necesitan medidas especiales cuando un grupo social es discriminado y no está en iguales condiciones que otro. Pero, tal como explican en uno de los proyectos presentados, las prohibiciones “ponen en evidencia un inequívoco contenido discriminatorio”, ya que se restringe a la mujer la posibilidad de elegir una ocupación por la sola razón de su sexo.

Laura Pautassi, Eleonor Faur y Natalia Gherardi lo explican en un trabajorealizado para la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL). “Las primeras normas laborales (como la prohibición al trabajo nocturno o a ciertos trabajos concretos) asumen a la mujer como madre y fortalecen la consideración de la mujer como sujeto con capacidad limitada”, aseguran en el estudio, por lo que sostienen que “no se introdujeron considerando la igualdad sino discriminando a un grupo (mujeres) por sobre ambos grupos de trabajadores (hombres y mujeres)”.

Tea Trumbic, coordinadora del informe del Banco Mundial, explicó a Chequeado que el proceso legislativo que se desarrolla para derogar leyes suele ser dificultoso y, sobre todo, para este tipo de leyes “viejas” que no tienen relevancia o no son seguidas en la práctica, ya que no son apuntadas como prioridades legislativas. Sin embargo, señaló que derogarlas es crucial para eliminar la discriminación y las brechas de género en el mercado laboral. En el estudio, se encontró una mayor disminución de las brechas para los países que avanzaron en reformas igualitarias.

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