Martes 23 de Abril de 2024

DEL INTERIOR

27 de septiembre de 2015

Cordero propuso la creación definitiva de la Municipalidad de Balcozna

Fue presentado en la Cámara de Senadores un proyecto de ley, autoría del representante del Departamento Paclín, Marcelo Cordero, por el cual propone la creación y reconocimiento de la Municipalidad de Balcozna, comprendindo a las localidades de La Higuera, Las Lajas, San Antonio, Villa Collantes, El Rosario, Balcozna de Afuera, Villa los Martínez, Villa los Cordero, Tierra Verde y El Pero.

"Estoy convencido de que la creación de un municipio en Balcozna servirá para que la democracia se vincule con la participación de la comunidad en los grupos de conformidad a sus intereses socioeconómicos y servirá para la búsqueda del bienestar general y su desarrollo integral”, destacó el senador Cordero en los fundamentos de la presentación.

La localidad de Balcozna, distante a 90 kilómetros de esta capital, es unas de las unidades poblacionales más importantes del Departamento Paclín, lo cual hace necesaria su fragmentación jurisdiccional y su funcionamiento como ente municipal propio, distinto de la actual jurisdicción a la que pertenece (La Merced).

Balcozna cumple plenamente los requisitos requeridos para su conformación como órgano individual con estructura municipal propia, según la Ley Provincial N° 4640 (Orgánica de Municipalidades), y es considerado uno de los sitios más atractivos en cuanto a turismo a nivel provincial.

A los fines de la creación de un nuevo municipio es necesario que la jurisdicción cuente con más de quinientos habitantes, lo que surge acreditado del último censo poblacional; contando con un padrón mixto de 903 electores. Y debe añadirse el padrón de las localidades de La Higuera, 287 electores, y San Antonio, 310 electores; cuya sumatoria ratifica que este nuevo municipio reúne la cantidad mínima de habitantes que establece la Ley 4640.

La Municipalidad de Balcozna se conformará de acuerdo a lo estipulado en los artículos 2°, 3°, 4° y 5° de la  Ley Provincial N° 4640 (Orgánica de Municipalidades), artículo 123 de la Constitución Nacional y artículo 244 de la Constitución Provincial, e incorporará a su patrimonio el activo y los derechos y obligaciones que tuvieren las delegaciones comunales incorporadas a su jurisdicción, como así también proporcionalmente los derechos a la percepción de los Fondos de Coparticipación Municipal y Regalías Mineras que le pudiere corresponder.

 

La norma presentada prevé que el Poder Ejecutivo Provincial incluya en el presupuesto para el año 2017 las provisiones necesarias para el cumplimiento de la presente ley, debiendo además determinar y aprobar el ámbito territorial que comprenderá la jurisdicción de la Municipalidad de Balcozna y modificar la jurisdicción actual de la municipalidad de Paclín, con asiento en La Merced, conforme lo dispuesto en los artículos 4 y 5 de la Ley N° 4640.

El gobierno de la Municipalidad de Balcozna estará a cargo de un departamento Ejecutivo, debiendo la elección del intendente Municipal realizarse en forma directa por el pueblo de su jurisdicción, en elección conjunta con las elecciones previstas en el año 2017.

La jurisdicción de este potencial nuevo municipio cuenta como corredor principal a la Ruta Provincial N° 9, que lo comunica no sólo con localidades del Departamento Paclín sino también del Departamento Ambato (a través de la cuesta de Singuil), e integrándola también en un corredor turístico que vincula Catamarca con la Provincia de Tucumán.

 

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